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miércoles, 29 de diciembre de 2010
I Salón de la Microempresa Española para Emprendedores
Gratuitamente se puede asistir a este Salón para la microempresa Española y para Emprendedores, se celebrara en Madrid los días 26 y 27 de enero del año 2011, o sea prácticamente en un mes.
Se puede solicitar la inscripción on line gratis a través de este enlace o desde la pagina web del encuentro.
Esta organizado por la Asociación Española Multisectorial de Microempresas, AEMME, y se trata de constituir un punto de encuentro para las microempresas españolas y pequeños empresarios.
Se va a celebrar en ESERP Business School, Calle de Costa Rica, nº 9 28016 Madrid, el horario será de 10.00 h a 19.00 h y según palabras de los organizadores en el interior se contará con espacio para expositores, actividades, conferencias, talleres y ponencias.
El programa completo estará en breves días disponible en la Web del Salón.
Colaboran en este I Salón de la Microempresa Española para Emprendedores:
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martes, 28 de diciembre de 2010
LIDERA TV.COM. FUNDACION BANESTO
La Fundación Banesto ha puesto en marcha un canal de televisión on line: Lideratv.com, en donde se emitirán programas cuyos contenidos están enfocados a ayudar a los pequeños empresarios en diferentes aspectos de su actividad.
Así se emitirá un programa semanal durante aproximadamente un año, a la vez que se puede acceder al resto de programas ya emitidos.
Las temáticas son variadas y podemos elegir entre las siguientes Categorías (entre paréntesis el número de programas relacionados con el tema):
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domingo, 26 de diciembre de 2010
75 Essential Small Business Resources From 2010
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miércoles, 22 de diciembre de 2010
CASOS TIC DE EXITO EMPRESARIAL.
A continuación se muestra un extracto del Manual Práctico Tic para Pymes y Autónomos, en concreto es parte del capitulo 11, en el que se exponen diversos casos de empresas en donde la aplicación de las nuevas tecnologías en el negocio han sido exitosas, el título de dicho capitulo es: Casos TIC. Éxito empresarial:
"A la hora de llevar a cabo un proyecto de implantación de las nuevas tecnologías en una organización empresarial es muy importante llevar a cabo una planificación previa. Tenemos que saber con que recursos materiales y humanos contamos para realizar la implantación.
En los siguientes ejemplos, vemos casos de empresas españolas y conoceremos como se han empleado las nuevas tecnologías de la información y comunicación en sus respectivos modelos de negocio y como ello ha repercutido en la organización empresarial.
Rentalia: http://es.rentalia.com/
La actividad de esta empresa es prestar los servicios de buscador en Internet de casas de alquiler vacacional en los países de Italia, España y Portugal; cuenta también con un directorio de playas y de estaciones de esquí. No actúan como intermediarios y no cobran por sus servicios. Su portal se caracteriza por la gran cantidad información y la calidad de la misma que ofrece, las fotografías y los comentarios de los usuarios. Se creo en 2003 y en la actualidad es propiedad del idealista.com.
Además esta organización se caracteriza por apostar fuertemente por el software libre utilizando Linux y sustituyendo los programas convencionales de la siguiente manera: Migraron del sistema operativo Windows XP a Ubuntu, como navegador de Internet cambiaron Internet Explorer por Firefox, el correo electrónico empleado paso a ser Thunderbird sustituyendo a Outlook, como paquete ofimático usaban Microsoft Office y se cambiaron a Open Office y aún llegan a mas cambiando PhotoShop por Gimp en el software de tratamiento de imágenes y por ultimo MapPoint por Google Maps.
Fuente: Rentalia Web."
Enlaces relacionados: Ed. Cano Pina y Manual Práctico Tic para Pymes y Autónomos,
Enlaces relacionados: Ed. Cano Pina y Manual Práctico Tic para Pymes y Autónomos,
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lunes, 20 de diciembre de 2010
3 DICIEMBRE 2010.NOVEDADES FISCALES APROBADAS.(II)
El pasado viernes 3 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
A continuación resumen del mismo:
1. Exención de las aportaciones a sociedades.
Con vigencia desde su publicación, 3 de diciembre de 2010, se declaran exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de Operaciones Societarias, las siguientes operaciones:
- Constitución de sociedades, Aumentos de capital, Aportaciones de los socios que no supongan aumento de capital (como la reposición de pérdidas). Traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando inicialmente no estuviesen situados en un Estado miembro de la Unión Europea.
2. Operaciones vinculadas: Obligaciones de documentación.
2. Operaciones vinculadas: Obligaciones de documentación.
La regulación de documentación reducida aplicará a las entidades con una cifra de negocio inferior a 10 Millones de euros (ahora 8 Millones de euros). Así, estas entidades sólo deberán documentar las operaciones cuyo importe anual con una misma entidad o persona supere 250.000 Euros y de más de 100.000 euros para operaciones específicas (como las realizadas con residentes en paraísos fiscales, contribuyentes en régimen de estimación objetiva, etc.)
3. Régimen especial de las entidades de reducida dimensión: Cifra de negocios.
La cifra de negocios para aplicar los incentivos fiscales de las entidades de reducida dimensión queda fijada en 10 Millones de euros (8 Millones en la actualidad). Asimismo, este régimen seguirá siendo aplicable en los tres períodos impositivos inmediatos y siguientes a aquél en que se alcance la cifra de 10 Millones de euros.
4. Tipo reducido en el IS: Ampliación del tramo.
El tipo impositivo del 25% se aplicará al tramo de base imponible comprendido entre 0 y 300.000 euros (antes 120.202,41 euros). Recordar que este tipo reducido es aplicable a entidades de reducida dimensión.
5. Libertad de amortización: Ampliación del ámbito de aplicación.
A partir del ejercicio 2011 y hasta el 2015 se generaliza el incentivo fiscal que permite amortizar libremente los elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, puestos a disposición durante dichos ejercicios, para todas las entidades sin necesidad, como se exigía hasta ahora, de que se mantenga la plantilla media empleada. Este beneficio fiscal será igualmente aplicable en la determinación del rendimiento neto de actividades económicas para contribuyentes del IRPF.
6. Mantenimiento o creación de empleo: Tipo de gravamen del 20%.
Para 2011 se amplía hasta los 300.000 euros el tramo del Impuesto sobre Sociedades al que es aplicable el tipo impositivo del 20%. Recordar que sólo lo podrán aplicar las entidades con una cifra de negocios inferior a 5 Millones de euros y una plantilla media inferior a 25 empleados, siempre que mantengan o creen empleo.
7. Recurso Cameral Permanente.
Desde el 3 de diciembre, se elimina la obligatoriedad de pertenecer a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de las personas físicas y jurídicas que ejerzan actividades comerciales, industriales o navieras en territorio nacional, con lo cual la contribución a la cuota cameral deviene voluntaria.
8. Agilización en la Constitución de Sociedades.
Los plazos para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada se reducen. Así, con carácter general, podrá llevarse a cabo en un plazo de uno a cinco días. La tramitación será particularmente ágil para las sociedades de responsabilidad limitada con un capital social no superior a 3.100 euros y cuyos estatutos se adapten a alguno de los modelos aprobados por el Ministerio de Justicia.
9. Simplificación de la publicidad de actos societarios.
Modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.La convocatoria de Junta General podrá realizarse mediante la publicación en la página web de la sociedad, evitando la obligación de hacerlo por medios periódicos. Igualmente, se permitirá este tipo de publicación para los acuerdos de reducción de capital, cambio de denominación, de domicilio, de sustitución o cualquier otra modificación del objeto social.
Fuente: economis.
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domingo, 19 de diciembre de 2010
Juan Junquera: "Para la pyme, invertir en TIC conlleva mínimo riesgo empresarial" - Ticpymes
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AUMENTAR LAS VENTAS Y LA PRESENCIA EN INTERNET.
Son muchas las pymes, micropymes y autónomos que desconocen que pueden conseguir nuevos clientes y aumentar sus ventas de forma barata y sencilla.
En el artículo de El Economista cuyo enlace tenéis aquí, nos cuentan acerca de esta posibilidad.
Estar en internet es rentable y tiene unos costes bajos, en cambio solo el 25% de las micropymes tiene web propia.
En esta línea existen ayudas del Plan Avanza 2 y en concreto del programa NEW, Ninguna Empresa sin Web, que ayudan a las empresas a introducir su actividad y negocio en la red de redes.
Con ello según los resultados de las dos últimas ediciones, las empresas participantes han conseguido un incremento de los nuevos clientes de un 15%, clientes que antes no les conocían y gracias a las TIC han contactado.
Fuente: El Economista.
Enlaces relacionados: Plan Avanza 2. Programa NEW.
En el artículo de El Economista cuyo enlace tenéis aquí, nos cuentan acerca de esta posibilidad.
Estar en internet es rentable y tiene unos costes bajos, en cambio solo el 25% de las micropymes tiene web propia.
En esta línea existen ayudas del Plan Avanza 2 y en concreto del programa NEW, Ninguna Empresa sin Web, que ayudan a las empresas a introducir su actividad y negocio en la red de redes.
Con ello según los resultados de las dos últimas ediciones, las empresas participantes han conseguido un incremento de los nuevos clientes de un 15%, clientes que antes no les conocían y gracias a las TIC han contactado.
Fuente: El Economista.
Enlaces relacionados: Plan Avanza 2. Programa NEW.
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viernes, 17 de diciembre de 2010
ACTUALIZANDO NUESTRA IMAGEN DEL BLOG DE CARA AL NUEVO AÑO.
Gracias a las plantillas gratuitas que nos ofrecen desde la pagina web: http://btemplates.com/, podemos actualizar la imagen de nuestro blog. Hay muchas webs con esta temática yo recomiendo esta por ser segura y rápida.
Dicho y hecho gracias a la plantilla Open Community y en tres pasos muy sencillos he subido la plantilla a mi Blog y ahora Tu.asesortic tiene una imagen nueva.
Luego he tenido que recolocar un poco las diferentes secciones y ajustando los colores y los tipos de letra, pero la verdad es que ha sido fácil.
Os recomiendo que echéis un vistazo ya que las posibilidades son muchas y no esta de mas dar una visión actualizada y moderna a nuestro blog si queremos dar una imagen profesional de nuestro negocio o actividad.
Esta es la pagina donde están las plantillas, lo primero la que escojamos la descargarnos a nuestro ordenador y en concreto el archivo con la extensión xml es el que tenemos que sacar de la carpeta comprimida y ponerlo en una carpeta del ordenador localizable rápidamente.

Dicho y hecho gracias a la plantilla Open Community y en tres pasos muy sencillos he subido la plantilla a mi Blog y ahora Tu.asesortic tiene una imagen nueva.
Luego he tenido que recolocar un poco las diferentes secciones y ajustando los colores y los tipos de letra, pero la verdad es que ha sido fácil.
Os recomiendo que echéis un vistazo ya que las posibilidades son muchas y no esta de mas dar una visión actualizada y moderna a nuestro blog si queremos dar una imagen profesional de nuestro negocio o actividad.
Esta es la pagina donde están las plantillas, lo primero la que escojamos la descargarnos a nuestro ordenador y en concreto el archivo con la extensión xml es el que tenemos que sacar de la carpeta comprimida y ponerlo en una carpeta del ordenador localizable rápidamente.

Luego desde Blogger vamos a Diseño y nos situamos en la pestaña Edición html, desde ahí examinamos y elegimos la plantilla que previamente nos hemos descargado y listo. Recomiendo antes hacer una copia de seguridad de la plantilla que va a desaparecer por si acaso la operación antes descrita no sale bien. Para cambiar tamaño de letra, colores, fuentes... tenemos que ir a Blogger otra vez a Diseño y a la opción Diseñador de plantillas y en la pantalla que sigue al apartado Avanzado donde podemos escoger e ir comprobando los cambios.
Espero que os guste el resultado que obtengáis y el de este blog.
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viernes, 10 de diciembre de 2010
AEAT NOTIFICACIONES A LAS EMPRESAS OBLIGATORIAS POR INTERNET.
Publicado por Remo en: Blog Sage Experience.
El 16 de noviembre se publicó el RD 1363/2010 begin_of_the_skype_highlighting 1363/2010 end_of_the_skype_highlighting (PDF) que regula las notificaciones electrónicas de manera obligatoria para empresas en el ámbito de la Agencia Tributaria. Este decreto, sigue con el proceso iniciado hace ya algunos años para internetizar de manera obligatoria las relaciones de las empresas con la administración e introduce sustanciales cambios en materia de comunicaciones con la AEAT.
Actualmente, las empresas pueden optar de manera voluntaria a la recepción telemática de las notificaciones y comunicaciones que tenga que hacernos la AEAT, aunque llevamos ya casi tres años en la que la presentación de declaraciones fiscales y autoliquidaciones es obligatorio presentarlas de manera telemática para las sociedades mercantiles y otras formas jurídicas societarias. Desde el 1 de enero, las cartas en papel de la Agencia Tributaria desaparecen casi por completo y en todas las empresas debemos contar con los sistemas adecuados para recibir de manera telemática las comunicaciones de la Agencia Tributaria.
Para firmar y recoger dicha comunicación o firmarla y rechazarla, debemos acceder a nuestra dirección electrónica única en el portal 060 con nuestra firma electrónica. Todos los trámites son muy sencillos y le dedicaremos un post en estos días para explicar más detalladamente todo el proceso.
El 16 de noviembre se publicó el RD 1363/2010 begin_of_the_skype_highlighting 1363/2010 end_of_the_skype_highlighting (PDF) que regula las notificaciones electrónicas de manera obligatoria para empresas en el ámbito de la Agencia Tributaria. Este decreto, sigue con el proceso iniciado hace ya algunos años para internetizar de manera obligatoria las relaciones de las empresas con la administración e introduce sustanciales cambios en materia de comunicaciones con la AEAT.
Actualmente, las empresas pueden optar de manera voluntaria a la recepción telemática de las notificaciones y comunicaciones que tenga que hacernos la AEAT, aunque llevamos ya casi tres años en la que la presentación de declaraciones fiscales y autoliquidaciones es obligatorio presentarlas de manera telemática para las sociedades mercantiles y otras formas jurídicas societarias. Desde el 1 de enero, las cartas en papel de la Agencia Tributaria desaparecen casi por completo y en todas las empresas debemos contar con los sistemas adecuados para recibir de manera telemática las comunicaciones de la Agencia Tributaria.
Obligados a recibir de manera telemática las notificaciones de la AEAT
La principal novedad que se introduce en el decreto es la obligatoriedad en la recepción de las notificaciones y comunicaciones de la AEAT. El Ministerio de Economía, da por supuesto que las empresas cuentan todas con los medios técnicos necesarios para recibir dichas notificaciones. A efectos prácticos, las empresas deberán contar como mínimo con un equipo informático, conexión a internet, firma electrónica reconocida por la AEAT, cuenta de correo electrónico y una dirección electrónica única que la proporciona Correos de manera gratuita. Los obligados se delimitan por NIF y son las siguientes formas jurídicas:- Sociedades anónimas, con NIF que comienzan por A
- Sociedades limitadas, con NIF que comienzan por B
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española, con NIF que empiece por la letra N
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español, con NIF que empiece con la letra W
- Las uniones temporales de empresas, con NIF que empieza por la letra U
- Y las entidades cuyo NIF empiece por la letra V y se corresponda con uno de los siguientes tipos: Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de titulización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
Procedimientos que no se notifican de manera telemática
No obstante, además de las comunicaciones, requerimientos y notificación de procedimientos usuales de la AEAT, quedan fuera del ámbito de notificación telemática los siguientes procedimientos:- Procedimientos que requieran ámbito presencial, como la notificación de inicio de actuaciones de inspección.
- Notificaciones realizadas en el ámbito de los Tribunales Económicos.
- Notificaciones que incluyan medios de pago o devoluciones físicas, como por ejemplo cheques.
- Notificaciones de embargos de cuentas a las entidades financieras.
- Notificaciones a la entidades financieras en el ámbito de colaboración en la recaudación de los tributos.
¿Cómo me adscribo al sistema de notificaciones de la AEAT?
En el supuesto de que no estemos adscritos aún al sistema de notificaciones telemáticas de la AEAT, los pasos a seguir son los siguientes:- Solicitud de la firma electrónica de la empresa. Este procedimiento se realiza por ejemplo en la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
- Una vez tengamos nuestra firma electrónica, procederemos a dar de alta nuestra dirección electrónica única en el servicio que ofrece el Ministerio de la Presidencia a tráves del portal 060
Cómo funciona el procedimiento de notificación telemática
Al dar de alta la dirección electrónica única en el portal 060, tenemos que introducir un correo electrónico asociado a dicha cuenta. Cada vez que la AEAT nos notifique cualquier procedimiento, 060.es nos envía un mail en el que nos avisa de la existencia de una notificación.Para firmar y recoger dicha comunicación o firmarla y rechazarla, debemos acceder a nuestra dirección electrónica única en el portal 060 con nuestra firma electrónica. Todos los trámites son muy sencillos y le dedicaremos un post en estos días para explicar más detalladamente todo el proceso.
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miércoles, 8 de diciembre de 2010
PREVENCION10.ES. NUEVO PORTAL GRATUITO PARA AYUDAR EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS A PEQUEÑAS EMPRESAS.
Recientemente se ha puesto a disposición de las pequeñas y medianas empresas, (en concreto para aquellas con menos de 10 trabajadores), una página Web: PREVENCION10, cuya misión es ayudar a estas en la prevención de los riesgos laborales en su actividad.
Dicha Web esta desarrollada por el INSHT, (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo), dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración del Gobierno de España.
En PREVENCION10 podemos, entre otras acciones, realizar una evaluación on line de los riesgos laborales de nuestro negocio, según ellos mismos explican en la Web:
"Evalua-t es una herramienta que le ayuda a cumplir con sus obligaciones en materia preventiva (excepto la vigilacia de la salud) a través de un proceso en cinco etapas.
En este momento ya dispone de los siguientes formularios
En construcción tenemos el foro para el debate sobre el tema y el proyecto denominado Wiki-t: creación de una enciclopedia sobre el tema con aportaciones de los usuarios.
Es una buena herramienta para ayudar en el tema de la prevención a Pymes y Autónomos.
PREVENCION10.ES
Dicha Web esta desarrollada por el INSHT, (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo), dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración del Gobierno de España.
En PREVENCION10 podemos, entre otras acciones, realizar una evaluación on line de los riesgos laborales de nuestro negocio, según ellos mismos explican en la Web:
"Evalua-t es una herramienta que le ayuda a cumplir con sus obligaciones en materia preventiva (excepto la vigilacia de la salud) a través de un proceso en cinco etapas.
- Información, lo que debo saber antes del proceso
- Registro de acceso al sistema
- Evaluación de los riesgos
- Planificación de la actividad preventiva
- Seguimiento / Control de la ejecución
En este momento ya dispone de los siguientes formularios
- Oficinas comprende un extenso grupo de actividades donde se realizan trabajos en oficina
- Peluquerías comprende actividades de peluquería y otros tratamientos de belleza
- Floristerías comprende comercio al por menor de flores, plantas, semillas y fertilizantes
- Tintorerías comprende actividades de lavado y limpieza de prendas textiles y de piel
- Tiendas de prendas de vestir comprende comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializados, incluyendo el vestuario laboral, comercio al por menor de artículos de peletería y de accesorios de vestir tales como guantes, tirantes, etc
- Jugueterías comprende comercio al por menor de juegos y juguetes en establecimientos especializados
- Cafeterías, bares y restaurantes comprende la prestación de servicios de comidas y bebidas a clientes en un establecimiento
- Pubs comprende el servicio de bebidas para su consumo inmediato en el mismo establecimiento
- Catering comprende la provisión de comidas preparadas para eventos y otros servicios de comidas"
En construcción tenemos el foro para el debate sobre el tema y el proyecto denominado Wiki-t: creación de una enciclopedia sobre el tema con aportaciones de los usuarios.
Es una buena herramienta para ayudar en el tema de la prevención a Pymes y Autónomos.
PREVENCION10.ES
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domingo, 5 de diciembre de 2010
3 DICIEMBRE 2010.NOVEDADES FISCALES APROBADAS.(I)
Entre las novedades fiscales aprobadas por el Gobierno de España el pasado viernes día 3 de diciembre, hay una serie de ellas que van a afectar a las PYMES y en concreto vamos a resumir a continuación en que aspectos:
Antes una empresa era considerada ERD, Empresas de Reducida Dimensión, cuando su cifra de negocio no superaba los 8.000.000 millones de euros, ahora esa cifra pasa a 10.000.000 millones de euros, con lo cual mas empresas podrán aplicar las ventajas fiscales que existen para este tipo de empresas en el Impuesto Sociedades.
En el cálculo de Impuesto sobre sociedades el tipo de gravamen para las empresas consideradas ERD,constaba de dos tramos el 25% sobre los primeros 120.202,41de beneficio y el 30% sobre el resto; pues bien a partir de ahora dicho 25% se aplicara sobre los primeros 300.000,00 euros.
Las empresas podrán aplicar la libertad de amortización en el cálculo del impuesto de sociedades hasta el año 2015.
Deja de ser obligatorio para las empresas el pago a las Cámaras de Comercio.
Antes una empresa era considerada ERD, Empresas de Reducida Dimensión, cuando su cifra de negocio no superaba los 8.000.000 millones de euros, ahora esa cifra pasa a 10.000.000 millones de euros, con lo cual mas empresas podrán aplicar las ventajas fiscales que existen para este tipo de empresas en el Impuesto Sociedades.
En el cálculo de Impuesto sobre sociedades el tipo de gravamen para las empresas consideradas ERD,constaba de dos tramos el 25% sobre los primeros 120.202,41de beneficio y el 30% sobre el resto; pues bien a partir de ahora dicho 25% se aplicara sobre los primeros 300.000,00 euros.
Las empresas podrán aplicar la libertad de amortización en el cálculo del impuesto de sociedades hasta el año 2015.
Deja de ser obligatorio para las empresas el pago a las Cámaras de Comercio.
En los próximos días entraremos con un mayor detalle en estas novedades.
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miércoles, 1 de diciembre de 2010
NAVACTIVA. PORTAL PARA EL EMPRESARIO:ACTUALIDAD, ASESORÍA, DOCUMENTACIÓN, FORMACIÓN.
Navactiva es un portal institucional del Gobierno de Navarra de contenidos (información y servicios) divulgativos, prácticos, de interés y calidad, al servicio del ámbito empresarial de Navarra. y al que pueden acceder todos los usuarios que lo deseen. No es un generador de contenidos sino un agregador de información y servicios construido con base en un grupo de empresas y entidades especializadas y reconocidas en sus respectivos sectores que, gracias a su colaboración, ayudan a las empresas y profesionales que accedan al portal en el día a día de su actividad.
Se quiere fomentar que Internet sea una herramienta más de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (NTIC) que ayude en la actividad diaria del ámbito empresarial.
Navactiva está dirigido todo tipo de empresas y cualquiera puede acceder a los servicios, para ello solo es necesario registrarse en la Web.
Además da la opción a los usuarios registrados de crear su propia carpeta para guardar en ella todo lo que le interese de la página: el servicio "Mi Carpeta". Almacene los contenidos que quiera leer posteriormente de forma sencilla.
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